¿Quién paga los impuestos?
Escrito
por el Círculo de Economía Crítica y Alternativa ¨Noel Rodríguez¨
El
impuesto se plantea como el precio que tienen que pagar todos los ciudadanos
por vivir en sociedad, es decir, que las distintas actividades públicas como
seguridad, educación, programas sociales, hospitales y demás serán financiados
directamente por la contribución de las y los trabajadores, empresas públicas y
privadas y otros agentes de la economía. Pero hagamos una pausa, en materia
tributaria grandes cantidades de estos recursos que percibe el Estado
venezolano tienen su origen en la Estatal Petrolera PDVSA.
La posibilidad de gestionar
importantes ingresos petroleros ha profundizado la tendencia a la
disminución de ingresos a través de los contribuyentes, en especial de las
empresas, sectores financieros del país, comerciales e inmobiliarios (estos tres
últimos los más beneficiados durante décadas), del cual más del 90% son de
propiedad privada. Quienes históricamente han sido exonerados de impuestos, por ejemplo la eliminación del impuesto a las grandes transacciones financieras en el año 2008 que fue restaurado en 2016.
Aunado a esto la banca cobra la comisión
de servicios de intermediación financiera –comisión por retiro de cajero,
comisión por consulta de cuenta, etc.- Que
golpea directamente a las y los asalariados, los cuales en los últimos años por
la falta de efectivo han preferido las transacciones electrónicas para su
consumo diario.
Año
tras año, desde el Ejecutivo se menciona el record de superación de la meta de
recaudación de impuestos, pero efectivamente no se da captura real de ese
valor, es decir, se recogen más bolívares; no obstante esto no significa mayor
capacidad de financiación del Estado; pues como toda la actividad se ha
contraído y en presencia de una alta inflación, el poder de transformar el
dinero en los mismos bienes y servicios se va deteriorando con rapidez para
todos los sectores institucionales de la economía (hogares, gobierno, empresas
financieras y no financieras, entre otros) ver siguiente Gráfico.
Recaudación en
Millones de Bs. Constantes de 1997. ¿Record de Recaudación?
Si
observamos con detenimiento este gráfico, se detallan a simple vista tres
elementos: 1) a mayor actividad económica mayor recaudación, 2) Una importante
variabilidad en la composición del ingreso fiscal, el cual aumenta el
componente del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en relación al Impuesto Sobre
la Renta (ISLR).
Donde
en promedio lo recaudado por concepto de IVA es 65% del aporte, el 30% corresponde al ISLR y el restante a cigarrillos, loterias, entre otros. Siendo el IVA un impuesto indirecto al consumo
que paga el pueblo Bolivariano y el ISLR el impuesto a la ganancia que poco
pagan los empresarios en su mayoría privados. Para el 2015 de las 100
empresas privadas que generan mayor actividad económica solo declararon en
promedio 1,6% de sus ganancias, y para más descaro 51 de esas empresas no
tributaron nada.
Lo que declara el Pueblo Bolivariano y el desfase
de la Unidad Tributaria
De
acuerdo a la Ley de Impuesto Sobre La Renta en su artículo 60, las personas
naturales –las y los trabajadores- podrán optar entre un desgravamen[i]
detallado, desplegando punto por punto ó único que consta de 774 UT lo que
equivale a 136.998 bs, de esta forma no es necesario presentar alguna
documentación, por tanto se considera que representa el gasto promedio que
realiza una persona para subsistir durante un año. Si evaluamos este indicador
observamos dos cosas.
· La primera es que si determinamos la
subsistencia con la posibilidad de acceder a alimentos, de acuerdo a los datos
que publica el BCV, la inflación en alimentos del año 2015 fue de 218,7%,
suponiendo que la inflación en alimentos en 2016 es de 723,4%, la canasta
alimentaria se ubicaría cercano a los 2,01 millones de bs anuales,
simplificando esto, para lograr consumir los alimentos de la canasta
alimentaria necesitaríamos 168 mil bs mensuales. Esto sin recreación,
transporte, alquiler de vivienda, entre otras cosas. Dejando un desfase del
cálculo de subsistencia de UT de un 93,15% sobre el costo anual de la canasta
alimentaria.
Brecha entre lo que se considera dinero de subsistencia
(art. 60 ISLR) y el costo de la Canasta Alimentaria 1996 – 2016
La segunda está asociada a la duplicidad del
impuesto, aunque efectivamente el Presidente Nicolás Maduro dio la orden exonerar
a las personas de menos de 6000 UT y que Venezuela es el país con menor presión
fiscal de la región[i]
(14,5% del PIB promedio en los últimos 6 años), como asalariados ya cumplimos
con nuestra tasa impositiva diariamente a través del IVA. Cuando la cancelación
del ISLR debe recaer sobre el Capital o las empresas.
¿Impuestos para incentivar la
productividad, la seguridad y el Buen Vivir?
Lo
resaltante de la situación no es la exoneración de los miles de asalariados,
aunque esta medida extraordinaria permite conservar la progresividad del pago
al impuesto. Es trascendental señalar que se necesita, para cubrir las
necesidades básicas alimentarias, más de lo estipulado en el requisito mínimo
para la exoneración del ISLR. Es decir, más de 11.000 Unidades Tributarias, lo
que es equivalente a 160.000 Bs mensuales. En el siguiente gráfico se ilustra
mejor la situación:
Algunos elementos que el Gobierno
Revolucionario debería considerar -principalmente a aplicar desde el sistema
tributario para crear mecanismos que enfrenten esta situación antipopular- son
los siguientes:
- La subida del impuesto a las grandes transacciones financieras que actualmente se encuentra en 0,75%. Y que pecha a todas las transacciones superiores a las 30.000 Ut (4,5 millones de bolívares).
- Dirigir la tasa impositiva del ISLR a los grandes Capitales y empresas de las distintas actividades económicas. Cargar la mayor parte del impuesto a la ganancia.
- La reducción progresiva del IVA, el cual es un impuesto regresivo.
- La eliminación del cobro de la comisión de servicio a la intermediación financiera. Que recae sobre las y los trabajadores.
- La actualización de la Unidad tributaria, que genere coerción impositiva a las empresas que incumplan con la legislación económica del país.
- La ejecución de un plan operativo para combatir la evasión fiscal, elusión y contrabando de las empresas públicas y privadas sobre el Impuesto sobre la Renta.
En
este 2017 es necesario apuntalar la ofensiva económica popular, apuntalar los
esfuerzos en blindar el salario real de las y los trabajadores a la par de
establecer mecanismos tributarios que redistribuyan las riquezas. “el
sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según
la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo la progresividad; así
como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de
la población venezolana…¨ artículo 316 de la CRBV.
"El estímulo material es el
rezago del pasado, es aquello con lo que hay que contar, pero a lo que hay que
ir quitándole preponderancia en la conciencia de la gente a medida que avance
el proceso"
Ernesto Guevara de la Serna